Ruth Arroyo Abogados

Mi nombre es Ruth Arroyo, soy abogada de profesión y por encima de todo de VOCACIÓN. Desde pequeña, me inquietaban y preocupaban los problemas e injusticias que sucedían a mi alrededor, lo que me hizo decidirme por la profesión que desde hace más de quince años con total dedicación y orgullo ejerzo.

En nuestro despacho, abordamos los órdenes del Derecho que de forma más directa afectan a la esfera personal de nuestros clientes: Derecho Penal y Derecho de Familia. Desde que decidí adentrarme en estas ramas del derecho, fui consciente de la implicación y apoyo personal que requiere la persona en este tipo de problemas.

Ante un inconveniente penal o una crisis familiar, contexto en el que se suceden el 90% de los asuntos que dirigimos, el cliente, además del asesoramiento estrictamente

profesional, necesita en muchas ocasiones un sustento moral. El cliente quiere ser defendido, pero además entendido por su letrado.

Nuestro trabajado esta dirigido a que los clientes se sientan seguros y protegidos durante el devenir de la negociación extrajudicial o ante la interposición de la correspondiente acción judicial si no es posible el acuerdo previo entre las partes.

Cada asunto es diferente y cada cliente también, por ello ofrecemos soluciones singulares e individualizadas para cada persona.

Un buen estudio y asesoramiento previo al inicio de la causa judicial, es de vital importancia. Los primeros pasos pueden marcar el rumbo e inclusive la solución del problema.

Nuestros servicios

derecho de familia

Separaciones y divorcios, custodias, pensiones, adopciones, acogimiento y emancipaciones, incapacitaciones.

derecho penal

Delitos contra la integridad corporal, delitos sexuales, contra la intimidad propia, imagen e inviolabilidad del domicilio, el honor y otros delitos penales.

herencias

En Ruth Arroyo Abogados somos especialistas en herencias, testamentos, sucesiones y declaración de herederos.

Denuncia falsa para obtener la guardia y custodia

En primer lugar, la denuncia incide directamente en la guardia y custodia de los hijos. La denuncia automáticamente imposibilita la custodia compartida o incluso la custodia en exclusiva al progenitor. Atribuyendo dicha custodia a la progenitora, y esto será así hasta que el procedimiento penal se archive. Puesto que según el articulo 92 del C.C no puede un juez conceder la custodia compartida.

Y en el caso de que sea el progenitor el que tenga la custodia en exclusiva, si se le denuncia se procederá a suspender dicha guarda y custodia, así lo dice el artículo 94 del C.C.

Que supone esta medida, que se consiga que se rompa por completo la relación normal que mantenías con tu hijo o hijos. Que automáticamente tus hijos pasen a estar la mayor parte del tiempo con la madre, y que esto pueda ayudar a un desapego por parte ellos hacia a ti, y peor aún, a una posible instrumentalización e la madre, haciéndola más fácil poderles llevar de su parte.

especialistas en derecho penal en madrid

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