Ruth Arroyo Abogados

Mi nombre es Ruth Arroyo, soy abogada de profesión y por encima de todo de VOCACIÓN. Desde pequeña, me inquietaban y preocupaban los problemas e injusticias que sucedían a mi alrededor, lo que me hizo decidirme por la profesión que desde hace más de veinte años ejerzo con total dedicación y orgullo.

En nuestro despacho, abordamos los órdenes del Derecho que de forma más directa afectan a la esfera personal de nuestros clientes: Derecho Penal y Derecho de Familia. Desde que decidí adentrarme en estas ramas, fui consciente de la implicación y apoyo personal que requiere el cliente en este tipo de asuntos.

Ante un inconveniente penal o una crisis familiar, contexto en el que se suceden el 90% de los asuntos que dirigimos, el cliente,

además del asesoramiento estrictamente profesional, necesita un sustento moral. Quiere ser defendido, pero también entendido por su letrado.

Nuestro trabajo está dirigido a que el cliente se sienta seguro y protegido durante el devenir de la negociación extrajudicial o ante la interposición de la correspondiente acción judicial, si no es posible llegar a un consenso entre las partes.

Cada asunto es diferente y cada cliente también, por ello ofrecemos soluciones singulares e individualizadas para cada persona.

Un buen estudio y asesoramiento previo al inicio de la causa judicial, es de vital importancia. Los primeros pasos pueden marcar el rumbo e inclusive la solución del problema.

Nuestros servicios

derecho de familia

Separaciones y divorcios, custodias, pensiones, adopciones, acogimiento y emancipaciones, incapacitaciones.

derecho penal

Delitos contra la integridad corporal, delitos sexuales, contra la intimidad propia, imagen e inviolabilidad del domicilio, el honor y otros delitos penales.

herencias

En Ruth Arroyo Abogados somos especialistas en herencias, testamentos, sucesiones y declaración de herederos.

Denuncia falsa para obtener la guardia y custodia

En primer lugar, la denuncia incide directamente en la guardia y custodia de los hijos. La denuncia automáticamente imposibilita la custodia compartida o incluso la custodia en exclusiva al progenitor. Atribuyendo dicha custodia a la progenitora, y esto será así hasta que el procedimiento penal se archive. Puesto que según el articulo 92 del C.C no puede un juez conceder la custodia compartida.

Y en el caso de que sea el progenitor el que tenga la custodia en exclusiva, si se le denuncia se procederá a suspender dicha guarda y custodia, así lo dice el artículo 94 del C.C.

Que supone esta medida, que se consiga que se rompa por completo la relación normal que mantenías con tu hijo o hijos. Que automáticamente tus hijos pasen a estar la mayor parte del tiempo con la madre, y que esto pueda ayudar a un desapego por parte ellos hacia a ti, y peor aún, a una posible instrumentalización e la madre, haciéndola más fácil poderles llevar de su parte.

especialistas en derecho penal en madrid

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